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¿Quién paga el colchón en un piso de alquiler?

PorRubén Angulo

Publicado el Actualizado el

Civil, vivienda, familia y herencias

Si alquilas un piso amueblado y el colchón está hundido, manchado o roto, es normal que te preguntes quién tiene que pagar uno nuevo. Es una duda muy habitual, tanto entre inquilinos como entre propietarios, y suele aparecer meses después de la entrada, cuando ya nadie recuerda en qué estado estaba.

La respuesta depende de cómo se ha estropeado y de lo que diga el contrato. La Ley de Arrendamientos Urbanos y el Código Civil reparten el coste entre el desgaste normal y el daño por mal uso. Te explicamos cada caso, qué papel tiene el inventario y qué hacer si el propietario se niega.

El colchón es mobiliario y entra en la ley del alquiler

El artículo 2.2 de la LAU dice que las normas del arrendamiento de vivienda se aplican también al mobiliario y a cualquier otro elemento que el propietario ceda como accesorio de la finca. Si el piso se alquila amueblado, el colchón forma parte de lo alquilado igual que el sofá o la nevera.

Eso no quiere decir que la ley hable de colchones. Los arrendamientos de vivienda se rigen por lo que pacten las partes y, en lo que no hayan pactado, por el Código Civil (artículo 4.2). Por eso lo primero es mirar el contrato y el inventario de muebles, si lo hay.

Quién paga según cómo se haya estropeado

El criterio de la ley es la causa del deterioro. El propietario debe mantener la vivienda en condiciones de servir al uso convenido, salvo que el daño sea imputable al inquilino (artículo 21.1 de la LAU). El inquilino tiene que usar lo alquilado como un diligente padre de familia y responde de los deterioros que cause él o las personas de su casa (artículos 1555, 1563 y 1564 del Código Civil). En la práctica queda así:

SituaciónQuién pagaPor qué
Desgaste por el tiempoNormalmente el propietarioUn colchón viejo, hundido o que ha perdido firmeza. Conservar lo alquilado en condiciones de servir al uso convenido es obligación suya (artículo 21.1 LAU).
Pequeña reparaciónEl inquilinoPor ejemplo, arreglar la cremallera de la funda. Las pequeñas reparaciones por el desgaste del uso ordinario son de cargo del arrendatario (artículo 21.4 LAU).
Mal uso o dañoEl inquilinoManchas, quemaduras o rotos. Responde del deterioro salvo que pruebe que no fue culpa suya (artículo 1563 del Código Civil).
Daño de alguien de tu casaEl inquilinoResponde también del deterioro causado por las personas de su casa (artículo 1564 del Código Civil).
Dañado al entrarEl propietario, si puedes probarloSi no consta el estado inicial, la ley presume que lo recibiste en buen estado (artículo 1562 del Código Civil).
Quieres uno mejorQuien quiera cambiarloNada en la ley obliga al propietario a sustituir un mueble que está en buen estado y cumple su función.

Que el propietario pague el colchón gastado no es una regla escrita con esas palabras: es la consecuencia de su obligación de conservación. Si el contrato reparte el mantenimiento del mobiliario de otra forma, lo primero que se mira es lo pactado.

El inventario inicial decide más casos de los que parece

Si el contrato no dice en qué estado estaba el colchón, el artículo 1562 del Código Civil presume que el inquilino lo recibió en buen estado, salvo prueba en contrario. Y al terminar el arrendamiento, el artículo 1561 le obliga a devolverlo tal como lo recibió, salvo lo que se haya menoscabado por el tiempo o por una causa inevitable.

Ejemplo

Alquilas un piso amueblado y el contrato no menciona el colchón. Al cuarto mes se hunde por un lado y se lo cuentas al propietario, que responde que estaba bien cuando entraste. Sin inventario ni fotos, tendrías que probar que ya venía así. Si el día de la entrada le mandaste por WhatsApp o por correo una foto del colchón, esa foto es tu mejor prueba.

Por eso, el día que recibes las llaves, haz fotos del colchón por las dos caras y de cualquier mancha o hundimiento, y mándaselas al propietario por un medio que deje constancia. Si eres propietario, haz lo mismo y apúntalo en un inventario que firmen los dos. Si lo que encuentras al entrar es un piso sucio y no solo un colchón viejo, mira qué hacer si te entregan un piso de alquiler sucio.

Cómo reclamar el cambio si el colchón está gastado

Si crees que el colchón le toca al propietario, estos son los pasos que mejor funcionan:

  • Avísale por escrito y cuanto antes. El artículo 21.3 de la LAU obliga al inquilino a comunicar las reparaciones necesarias en el plazo más breve posible y a facilitar que el propietario compruebe el estado. Un mensaje con fotos es suficiente.
  • No lo sustituyas por tu cuenta pasándole la factura. El mismo artículo solo te deja hacer por tu cuenta las reparaciones urgentes para evitar un daño inminente o una incomodidad grave, y un colchón gastado no suele ser eso.
  • Si no responde, envíale un burofax. Así queda constancia de que lo reclamaste. Tienes un modelo de burofax por incumplimiento del contrato de alquiler para hacerlo.
  • No dejes de pagar la renta por esto. La falta de pago es causa para que el propietario resuelva el contrato (artículo 27.2.a de la LAU), aunque tengas razón en lo del colchón.
  • Como último recurso, el artículo 27 permite exigir el cumplimiento de la obligación o resolver el contrato si el propietario no hace las reparaciones que le tocan. Por un colchón rara vez compensa, y lo más práctico suele ser un acuerdo, por ejemplo pagarlo a medias.

El mismo criterio sirve para otros muebles. Cuando el que pregunta es el propietario y el mueble es un sofá, lo tratamos en cuando el inquilino pide cambiar el sofá.

La fianza al terminar el contrato

La fianza del alquiler de vivienda es de una mensualidad de renta (artículo 36.1 de la LAU) y sirve para responder de los daños que cause el inquilino, como un colchón quemado o manchado. Lo que el propietario no puede descontarte es el desgaste normal por el paso del tiempo. Si no te devuelve el saldo en el mes siguiente a la entrega de las llaves, ese dinero genera el interés legal (artículo 36.4). Cómo y cuándo se devuelve, con más detalle, en la guía de la fianza del alquiler.

Preguntas frecuentes

Lo que más se pregunta cuando se estropea el colchón de un piso de alquiler.

¿Es obligatorio que el propietario cambie un colchón viejo?

No hay ninguna norma que fije cada cuánto hay que cambiarlo. Si el colchón ya no sirve por el paso del tiempo, sustituirlo suele corresponder al propietario por su obligación de conservar lo alquilado (artículo 21.1 de la LAU), pero hay que pedírselo por escrito y poder acreditar su estado.

¿Puedo comprar un colchón nuevo y descontarlo de la renta?

No por tu cuenta. No pagar la renta completa es causa para que el propietario resuelva el contrato (artículo 27.2.a de la LAU). Si el propietario está de acuerdo en asumir el gasto, lo mejor es pactarlo por escrito antes de comprar.

¿Qué pasa si el colchón tiene chinches?

En principio, si ya estaban cuando entraste, es un problema del estado en que se entregó el mueble y corresponde al propietario. Si los has traído tú, el gasto es tuyo. Lo difícil es probar cuándo empezó, así que avisa por escrito en cuanto los veas y guarda fotos.

¿Y si el colchón se estropea a las pocas semanas de entrar?

Avisa enseguida y con fotos. Si no hay inventario, la ley presume que lo recibiste en buen estado (artículo 1562 del Código Civil), así que la prueba de que no fue por tu uso te corresponde a ti. Si no hay culpa tuya, la reposición es del propietario.

¿Quién paga el colchón si el piso se alquila sin muebles?

El colchón es tuyo y no hay nada que repartir. El propietario solo responde del mobiliario que haya incluido en un alquiler amueblado.

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