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PorRubén Angulo

Publicado el

Modelos y Plantillas

Modelo de recurso de alzada para descargar en PDF y Word

Si una resolución administrativa no pone fin a la vía administrativa, puedes recurrirla ante el órgano superior jerárquico mediante un recurso de alzada. Te damos un modelo en PDF y Word para descargar, rellenar e imprimir, con una variante específica para resoluciones de la Seguridad Social.

El modelo genérico sirve para recurrir cualquier resolución administrativa que no ponga fin a la vía administrativa. La variante de Seguridad Social está pensada para recurrir resoluciones del INSS o la TGSS (denegación de una prestación, un grado de incapacidad, una reclamación de deuda), con el destinatario y los datos del expediente ya adaptados a ese caso.

¿Qué es el recurso de alzada?

El recurso de alzada es el recurso administrativo que permite pedir la revisión de una resolución o acto que no pone fin a la vía administrativa, ante el órgano superior jerárquico del que lo dictó. Está regulado en el artículo 121 de la Ley 39/2015.

Se puede interponer ante el órgano que dictó el acto o directamente ante el competente para resolverlo. Si se presenta ante el primero, este tiene diez días para remitirlo al órgano competente junto con su informe y una copia del expediente.

¿Cuándo se puede presentar?

Solo cabe recurso de alzada contra actos que no ponen fin a la vía administrativa, a diferencia del recurso de reposición, que se dirige contra actos que sí la agotan. Si tienes dudas sobre qué recurso te corresponde según el acto que quieres recurrir, lo explicamos con más detalle en recurso de alzada: qué es, cómo presentarlo, requisitos y plazos y en recursos administrativos: qué son, tipos, plazos y presentación.

Plazo para presentarlo y para que lo resuelvan

El artículo 122 de la Ley 39/2015 fija un plazo de un mes desde la notificación del acto si este es expreso. Si el acto no fuera expreso, se puede interponer el recurso en cualquier momento a partir del día siguiente a aquel en que se produzcan los efectos del silencio administrativo.

La Administración dispone de tres meses para dictar y notificar la resolución. Pasado ese plazo sin resolución, el recurso se entiende desestimado por silencio administrativo.

Qué debe contener el recurso de alzada

El artículo 115 de la Ley 39/2015 exige que el escrito contenga:

  • Nombre y apellidos del recurrente y su identificación personal.
  • El acto que se recurre y la razón de su impugnación.
  • Lugar, fecha y firma del recurrente, y el medio de notificación elegido.
  • El órgano al que se dirige.

Un error al calificar el recurso (llamarlo recurso de reposición pudiendo ser en realidad de alzada, por ejemplo) no impide su tramitación, siempre que se pueda deducir su verdadero carácter.

Ejemplo de recurso de alzada relleno

Así quedaría el modelo relleno con un caso real, una sanción de tráfico recurrida ante la Jefatura Provincial:

Ejemplo

D. Juan Pérez García, con DNI 12345678A, y domicilio a efectos de notificaciones en Calle Mayor 4, 28001 Madrid, ante la Jefatura Provincial de Tráfico de Madrid comparece y, como mejor proceda en Derecho, EXPONE: Que con fecha 3 de agosto de 2026 le fue notificada la resolución de la Jefatura Provincial de Tráfico de Madrid, de fecha 20 de julio de 2026, por la que se le impone una sanción de 200 euros por circular a 145 km/h en una vía limitada a 120 km/h. Que no estando conforme con dicha resolución, formula el presente RECURSO DE ALZADA con base en las siguientes ALEGACIONES: PRIMERA. El radar que registró la velocidad no llevaba adherido el certificado de verificación metrológica vigente, tal y como consta en el expediente. SEGUNDA. La falta de dicho certificado vicia de nulidad la prueba en que se basa la sanción. SOLICITA: Que se tenga por presentado este escrito, se admita a trámite y se dicte resolución por la que se anule la sanción impuesta. En Madrid, a 25 de agosto de 2026. Fdo.: Juan Pérez García.

Preguntas frecuentes

Algunas dudas frecuentes sobre el recurso de alzada.

¿Qué diferencia hay entre el recurso de alzada y el de reposición?

El de alzada se dirige contra actos que no ponen fin a la vía administrativa, ante el órgano superior jerárquico. El de reposición se dirige contra actos que sí ponen fin a la vía administrativa, ante el mismo órgano que los dictó, y es potestativo.

¿Es obligatorio presentar el recurso de alzada antes de ir a los tribunales?

Sí, a diferencia del recurso de reposición. Si el acto no ha puesto fin a la vía administrativa, el recurso de alzada es un paso obligatorio antes de poder acudir a la jurisdicción contencioso-administrativa.

¿Cuesta dinero presentar un recurso de alzada?

No. La presentación del recurso de alzada es gratuita y no requiere abogado ni procurador.

¿Qué pasa si el recurso de alzada es desestimado?

La resolución impugnada agota la vía administrativa, y queda abierta la vía del recurso contencioso-administrativo, con un plazo de dos meses desde la notificación de la resolución o desde que se produce el silencio administrativo.

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