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PorRubén Angulo

Publicado el

Modelos y plantillas

Modelo de testamento vital: ejemplo en Word y PDF

Dejar escrito qué tratamientos médicos quieres y cuáles no, para el día en que no puedas decirlo, es lo que hace el testamento vital. Aquí tienes un modelo de testamento vital gratis en Word y PDF en cuatro versiones: el documento de instrucciones previas completo, uno breve con representante y tratamientos, otro para la donación de órganos y el destino del cuerpo, y el escrito para revocarlo o cambiarlo.

Para qué sirve este modelo de instrucciones previas

El testamento vital es el escrito en el que una persona deja dichos los cuidados y tratamientos médicos que quiere recibir, o rechazar, para el momento en que no pueda expresarlo ella misma. La ley estatal lo llama documento de instrucciones previas (artículo 11 de la Ley 41/2002) y cada comunidad le da su nombre: voluntades anticipadas en Cataluña y en la Comunitat Valenciana, voluntad vital anticipada en Andalucía. A veces se le llama testamento vitalicio, pero es el mismo papel.

Además de los tratamientos, sirve para nombrar a un representante que hable con los médicos en tu lugar y para decidir el destino de tu cuerpo y de tus órganos tras el fallecimiento. No reparte bienes. Quién puede otorgarlo, cuánto cuesta y qué no se puede pedir en él lo tienes en nuestra guía sobre qué es el testamento vital.

Cuatro modelos según lo que quieras dejar decidido

Las cuatro versiones siguen el contenido que permite el artículo 11 de la Ley 41/2002 y cambian en lo que abarcan:

  • Completo: situaciones en las que se aplica, tus valores, tratamiento por tratamiento, la ayuda para morir, el representante, la donación de órganos y el destino del cuerpo. Es el que sirve a casi todo el mundo.
  • Breve: una sola instrucción de fondo (rechazar lo que solo alargue la vida de forma artificial y pedir cuidados paliativos) y un representante. Para quien lo tiene claro y no quiere ir casilla por casilla.
  • Donación de órganos y destino del cuerpo: solo lo que pasa después del fallecimiento, con exclusiones, la donación del cuerpo a la ciencia y la despedida que prefieres.
  • Revocación o cambio: para anular el documento que ya firmaste, cambiar algunos apartados o sustituir al representante.

Sobre los órganos, ten en cuenta que en España se considera donante a quien no ha dejado constancia expresa de su oposición (artículo 5 de la Ley 30/1979). El apartado de donación sirve sobre todo para oponerte, para limitarla a ciertos órganos o para que tu familia no tenga dudas de lo que querías.

Los cuatro documentos terminan con un apartado de firma ante testigos, que solo se rellena si tu comunidad admite esa forma y la eliges.

Cómo rellenar el testamento vital paso a paso

Rellenar el papel es rápido. Lo que lleva tiempo es decidir qué quieres, y conviene hablarlo antes con tu familia y con tu médico de cabecera, que te puede explicar qué supone cada tratamiento. Con eso claro, el orden es este:

  1. Pon tus datos completos, con el DNI o NIE y el número de la tarjeta sanitaria, que es lo que permite enlazar el documento con tu historia clínica.
  2. Marca las situaciones en las que quieres que se aplique: enfermedad terminal, daño cerebral irreversible, demencia avanzada o la que tú describas.
  3. Escribe en pocas líneas qué te importa (calidad de vida, no sufrir, morir en casa). Ayuda al médico y al representante cuando surge algo que el papel no previó.
  4. Decide tratamiento por tratamiento: reanimación, respiración asistida, sonda, diálisis o transfusiones. Puedes aceptar unos y rechazar otros.
  5. Nombra a tu representante y a un sustituto, y pídeles que firmen su aceptación.
  6. Indica qué quieres que se haga con tus órganos y con tu cuerpo.
  7. Fírmalo en la forma que pida tu comunidad y pide que lo inscriban en el registro.

Lo que el médico no aplicará: las instrucciones contrarias a la ley o a la buena práctica médica y las que no se correspondan con la situación que previste al escribirlas. Lo dice el artículo 11.3 de la Ley 41/2002, que obliga además a dejar anotado en tu historia clínica por qué no se siguen.

Un ejemplo de testamento vital ya rellenado

Ver cómo queda escrito ayuda a decidir. Así podría quedar el modelo completo rellenado por alguien que no quiere que se alargue su vida de forma artificial:

Ejemplo

Carmen tiene 68 años. Marca la demencia avanzada y el daño cerebral irreversible como situaciones en las que se aplica el documento. En sus valores escribe que le pesa más la calidad de vida que su duración y que quiere morir en casa si es posible.

Rechaza la reanimación, la ventilación mecánica, la alimentación por sonda y los fármacos cuyo único fin sea alargar la vida, y pide sedación paliativa si el sufrimiento no se puede controlar. Nombra representante a su hija Lucía y sustituto a su hermano Andrés, dona sus órganos y elige la incineración.

En el apartado de otras instrucciones cabe lo que el formulario no recoge, por ejemplo que quiere que se avise a una persona concreta o que prefiere no ser trasladada al hospital si vive en una residencia.

El representante: quién puede serlo y qué hace

El representante es la persona que habla con el médico cuando tú ya no puedes. Según el artículo 11.1 de la Ley 41/2002, su papel es ser tu interlocutor con el equipo sanitario y procurar que se cumplan tus instrucciones. Conviene elegir a alguien que conozca bien lo que piensas y que sea capaz de defenderlo delante del resto de la familia.

Puede ser cualquier persona mayor de edad, sea pariente o no. Lo que cambia es a quién excluye cada comunidad: en la Comunitat Valenciana no pueden serlo el notario, el personal del registro, los testigos ni el personal sanitario que tenga que aplicar el documento. Los modelos piden su firma de aceptación, que en Andalucía es obligatoria (artículo 5.2 de la Ley 5/2003 andaluza).

Dónde y cómo se firma según tu comunidad

La ley estatal solo exige que las instrucciones consten por escrito y deja a cada comunidad la forma de otorgarlas. Hay tres vías (el personal del registro o de un centro sanitario, los testigos y el notario) y no todas existen en todas partes. Así funciona en las cuatro comunidades con más población:

ComunidadCómo se firmaTestigosQuién puede otorgarlo
MadridAnte el personal de los servicios de atención al paciente o unidades administrativas de los centros sanitarios, o ante testigos. Ante notario ya no.Tres, y dos de ellos sin parentesco hasta el segundo grado, matrimonio ni relación laboral o patrimonial contigoMayores de edad
CataluñaAnte notario, ante testigos o ante un profesional sanitario o de trabajo social de atención primaria, hospitalaria o sociosanitariaTres, y dos sin parentesco hasta el segundo grado ni relación patrimonialMayores de edad
AndalucíaAnte el personal habilitado del Registro de Voluntades Vitales Anticipadas, y solo vale si se inscribeNo hacen faltaMayores de edad y menores emancipados
Comunitat ValencianaAnte notario o ante testigosDos, y uno sin parentesco hasta el segundo grado ni relación patrimonialMayores de edad y menores emancipados

Cada fila sale de su ley: artículo 5 de la Ley 3/2005 de Madrid (la vía notarial se suprimió en 2017), artículo 8 de la Ley 21/2000 de Cataluña, artículos 4 a 6 de la Ley 5/2003 de Andalucía y artículo 44 de la Ley 16/2018 valenciana, con la edad del artículo 45 de la Ley 10/2014 de Salud. En el resto de comunidades las formas y los formularios cambian, así que consulta la web de la consejería de sanidad de la tuya.

Si vives en la Comunitat Valenciana, el paso a paso y los formularios en castellano y valenciano los tienes en cómo hacer el testamento vital en la Comunitat Valenciana.

Inscríbelo para que lo encuentren en cualquier hospital

Un testamento vital guardado en un cajón no sirve de nada en una urgencia. En Andalucía la inscripción es un requisito para que valga, y en la Comunitat Valenciana el documento firmado ante testigos se tiene que presentar en el registro. En las demás comunidades no suele ser obligatorio, pero es la forma de que llegue a quien lo tiene que leer.

Cada comunidad tiene su registro, y este comunica la inscripción al Registro nacional de instrucciones previas del Ministerio de Sanidad en los siete días siguientes (artículo 3 del Real Decreto 124/2007). Así, si te atienden en otra comunidad, el hospital puede consultarlo a petición del médico que te trata (artículo 4). Aun así, da una copia a tu representante y otra a tu médico de cabecera.

Testamento vital y eutanasia

Desde la Ley Orgánica 3/2021 de regulación de la eutanasia, el testamento vital también sirve para pedir la prestación de ayuda para morir. Su artículo 5.2 permite aplicarla a una persona que ya no está en pleno uso de sus facultades si sufre una enfermedad grave e incurable o un padecimiento grave, crónico e imposibilitante certificado por su médico y antes había firmado un documento de instrucciones previas. En ese caso el médico tiene que seguir lo previsto en el documento (artículo 9) y el representante es su interlocutor.

Por eso el modelo completo trae un apartado propio con tres casillas: pedirla, rechazarla o no pronunciarse. Si quieres pedirla, márcalo con claridad y describe bien en el apartado 2 las situaciones en las que la quieres, porque la prestación se facilita conforme a lo que diga el documento.

Lo que el testamento vital no decide

El documento de instrucciones previas solo habla de tu salud y de tu cuerpo. Tus bienes se reparten con un testamento, que se hace ante notario (te lo contamos en cómo hacer testamento) o de tu puño y letra con el modelo de testamento ológrafo.

Si lo que te preocupa es quién te ayudará con el banco, la casa o los papeles el día que pierdas facultades, la herramienta es otra. Desde la Ley 8/2021 de apoyo a las personas con discapacidad, cualquier persona mayor de edad o menor emancipada puede prever en escritura pública las medidas de apoyo que quiere (artículo 255 del Código Civil), dar un poder que siga valiendo si llega a necesitar apoyo (artículo 256) o proponer quién quiere que sea su curador (artículo 271). Todo eso se firma ante notario y no cabe en el testamento vital.

Otros modelos y formularios oficiales que puedes usar

Además de nuestras cuatro versiones, estos son los modelos de otras webs que más se consultan. Como no son propios, conviene leerlos con calma antes de usarlos. Euvita, una asociación, ofrece un modelo en Word para toda España y otro rellenado sobre el formulario andaluz. Derecho a Morir Dignamente tiene uno para firmar ante tres testigos, con instrucciones detalladas sobre la eutanasia. Legally genera el documento a partir de un cuestionario, y la Comunidad de Madrid publica su formulario oficial para firmarlo ante testigos.

Si vives en otra de las comunidades grandes, estos son sus formularios oficiales: el modelo de la Generalitat de Catalunya para firmar ante tres testigos (en catalán), la declaración de voluntad vital anticipada de la Junta de Andalucía y el documento de voluntades anticipadas de la Generalitat Valenciana.

Preguntas frecuentes

Las dudas que más se repiten al rellenar un modelo de testamento vital.

¿Es válido un testamento vital hecho con un modelo de internet?

Sí, siempre que lo firmes en la forma que exige tu comunidad: ante el personal del registro o de un centro sanitario, ante testigos o ante notario. El contenido lo decides tú, el modelo solo te ayuda a ordenarlo.

¿Cuántos testigos hacen falta para el testamento vital?

Depende de la comunidad. En Madrid y en Cataluña son tres, y al menos dos sin parentesco hasta el segundo grado ni relación patrimonial contigo. En la Comunitat Valenciana son dos, y en Andalucía no hay testigos porque se firma ante el personal del registro.

¿Hay que hacer el testamento vital ante notario?

No es obligatorio. En Cataluña y en la Comunitat Valenciana el notario es una de las vías, pero también se puede firmar ante testigos. En la Comunidad de Madrid se suprimió la vía notarial en 2017, y la ley andaluza exige firmarlo ante el personal del registro.

¿Se puede cambiar o anular el testamento vital?

Sí, en cualquier momento y dejándolo por escrito, como dice el artículo 11.4 de la Ley 41/2002. Se hace con las mismas formas que al firmarlo, y conviene inscribir el cambio en el registro para que no se aplique el documento anterior.

¿Qué pasa si no tengo testamento vital?

Si no puedes decidir y no has dejado instrucciones, el consentimiento lo da tu representante legal o, si no lo tienes, las personas vinculadas a ti por razones familiares o de hecho, según el artículo 9.3 de la Ley 41/2002.

¿Sirve el testamento vital para pedir la eutanasia?

Sí. La Ley Orgánica 3/2021 permite facilitar la ayuda para morir a quien ya no puede pedirla si cumple los requisitos médicos y lo dejó previsto en un documento de instrucciones previas.

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