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Cálculo de la pensión de jubilación: cuánto cobrarás y qué pierdes si te jubilas antes

PorRubén Angulo

Publicado el

Trabajo, contratos y despidos

Si te quedan pocos años para retirarte, o has oído estos días el debate sobre el futuro de las pensiones, es normal que te preguntes cuánto vas a cobrar. El cálculo de la pensión de jubilación es una de las dudas más buscadas en España, sobre todo entre quienes rondan los 60 años y quieren saber si les compensa seguir trabajando o jubilarse antes.

La respuesta depende de lo que hayas cotizado en los últimos años, de cuántos años lleves cotizados en total y de la edad a la que te jubiles. Te explicamos cómo se hace la cuenta con las reglas de 2026, con un ejemplo con números y con los dos topes que la corrigen: la pensión mínima, de 936,20 euros al mes para una persona de 65 años que vive sola, y la máxima, de 3.359,60 euros.

Cómo se calcula la pensión de jubilación en tres pasos

La pensión de jubilación sale de multiplicar tu base reguladora, que es la media de lo que has cotizado en los últimos años, por un porcentaje que depende de los años cotizados. A ese resultado se le aplican después los ajustes por edad y los topes de pensión mínima y máxima.

  1. Base reguladora. Se suman tus bases de cotización de los últimos 25 años, más o menos, y se divide el total para sacar una media mensual.
  2. Porcentaje. Con 15 años cotizados te corresponde el 50 % de esa base, y cada mes de más suma hasta llegar al 100 %.
  3. Ajustes. Si te jubilas antes de la edad ordinaria se aplica un recorte, si te jubilas después se suma un complemento, y el resultado nunca baja de la mínima (si cumples sus requisitos) ni pasa de la máxima.

Las reglas están en los artículos 209 y 210 de la Ley General de la Seguridad Social. Antes de hacer números, comprueba que cumples los requisitos para jubilarte en España: sin un mínimo de 15 años cotizados, dos de ellos dentro de los últimos 15, no hay pensión contributiva que calcular.

La base reguladora: la media de lo cotizado en los últimos 25 años o algo más

La base reguladora se calcula con tus bases de cotización, la cifra que aparece en cada nómina como base por contingencias comunes. Desde el 1 de enero de 2026 conviven dos fórmulas, y la Seguridad Social te aplica la que te salga mejor.

La fórmula de siempre suma las bases de los últimos 300 meses (25 años) y divide el total entre 350. Se divide entre 350 y no entre 300 porque la pensión se cobra en 14 pagas al año, no en 12.

La fórmula nueva, que la reforma de 2023 va implantando poco a poco, mira un periodo más largo pero te deja descartar los peores meses. En 2026 toma los 304 últimos meses, se queda con las 302 bases más altas y divide la suma entre 352,33, según la disposición transitoria cuadragésima de la Ley General de la Seguridad Social. Cada año amplía el periodo hasta llegar a la fórmula completa en 2037.

Fórmula de 25 añosFórmula nueva en 2026Fórmula nueva desde 2037
Meses que se miran300304348
Bases que cuentanLas 300Las 302 más altasLas 324 más altas
Se divide entre350352,33378

Nadie sale perdiendo con el cambio mientras dure la transición. La disposición transitoria cuarta de la misma ley obliga a aplicar la fórmula de 25 años a quien se jubile hasta el 31 de diciembre de 2040 si le resulta más favorable.

Hay dos detalles que mueven el resultado. Las bases de los dos últimos años cuentan tal cual, y las anteriores se actualizan con el IPC. Y si en el periodo hay meses sin obligación de cotizar (lagunas), los primeros 48 meses se rellenan con la base mínima del Régimen General y el resto con la mitad de esa base mínima.

Si quieres comparar con otras prestaciones, como el paro o la baja, tienes explicado cómo se saca la base reguladora de cada prestación.

Porcentaje según los años cotizados: del 50 % al 100 %

Con 15 años cotizados te corresponde el 50 % de la base reguladora, y cada mes que cotices por encima suma un poco más. En 2026 el 100 % se alcanza con 36 años y 6 meses cotizados.

La escala de 2026 está en la disposición transitoria novena de la Ley General de la Seguridad Social. A partir del año 16, cada uno de los primeros 49 meses suma un 0,21 % y cada uno de los 209 meses siguientes, un 0,19 %. Así queda el porcentaje en algunos puntos de referencia:

  • 15 años cotizados: 50 %.
  • 20 años: 62,38 %.
  • 25 años: 73,78 %.
  • 30 años: 85,18 %.
  • 35 años: 96,58 %.
  • 36 años y 6 meses o más: 100 %.

Desde 2027 se aplica la escala definitiva del artículo 210: un 0,19 % por cada uno de los primeros 248 meses y un 0,18 % por los siguientes. Con ella harán falta 37 años para cobrar el 100 %.

Para saber en qué punto estás necesitas tus años cotizados exactos, que salen del informe de vida laboral. Te contamos cómo saber cuántos días has cotizado en unos minutos.

Ejemplo de cálculo de la pensión de jubilación con números

Con una persona concreta se ve mejor cómo encajan las piezas. El ejemplo usa bases redondas y ya actualizadas, para que se pueda seguir con una calculadora.

Ejemplo

Ana se jubila en 2026 a la edad ordinaria, con 30 años cotizados y una base de cotización de 2.000 euros al mes durante los últimos 25 años.

Base reguladora con la fórmula de 25 años: 300 bases de 2.000 euros suman 600.000 euros, que entre 350 dan 1.714,29 euros. Con la fórmula nueva (302 bases entre 352,33) sale 1.714,30 euros, casi lo mismo, porque Ana no tiene meses malos que descartar.

Porcentaje: 30 años son 180 meses por encima de los 15 primeros. Los 49 primeros suman 10,29 puntos (49 por 0,21) y los otros 131 suman 24,89 (131 por 0,19). En total, 50 + 10,29 + 24,89 = 85,18 %.

Pensión: 1.714,30 por 85,18 % son unos 1.460 euros brutos al mes, en 14 pagas, cerca de 20.440 euros al año.

La pensión de Ana queda entre la mínima y la máxima, así que no se toca. Es una cifra bruta: de ella se descuenta cada mes la retención del IRPF que corresponda.

Si Ana hubiera tenido algún mes con bases muy bajas, por ejemplo por un periodo en paro, la fórmula nueva le dejaría descartar los dos peores en 2026. Ahí es donde la diferencia entre las dos fórmulas empieza a notarse.

Pensión mínima y pensión máxima: los dos topes que corrigen el resultado

Si tu cuenta da menos de la pensión mínima, la Seguridad Social pone la diferencia con el complemento por mínimos. Si da más de la máxima, la pensión se queda en el tope. Los importes de 2026 los fija el Real Decreto 241/2026, de 25 de marzo.

Pensión mínima de jubilación en 2026Al mes (14 pagas)Al año
65 años o más, con cónyuge a cargo1.256,60 euros17.592,40 euros
65 años o más, sin cónyuge936,20 euros13.106,80 euros
65 años o más, con cónyuge no a cargo888,70 euros12.441,80 euros
Menor de 65 años, sin cónyuge875,90 euros12.262,60 euros

El complemento por mínimos no llega a todo el mundo: solo lo cobra quien no supera un límite de ingresos que se fija cada año, aparte de la propia pensión.

La pensión máxima en 2026 es de 3.359,60 euros al mes, 47.034,40 euros al año. Por mucho que hayas cotizado, la pensión inicial no puede pasar de ahí, y si cobras varias pensiones, la suma de todas tampoco.

Cifras que cambian cada año: la pensión mínima y la máxima se actualizan con cada revalorización. En 2026 las pensiones contributivas han subido con carácter general un 2,7 %. Si lees esto en otro año, comprueba las cuantías vigentes.

Si te jubilas antes o después: coeficientes reductores y premio por demora

Adelantar la jubilación recorta la pensión para siempre, y retrasarla la aumenta. En 2026 la edad ordinaria es de 66 años y 10 meses, o de 65 años si acreditas 38 años y 3 meses cotizados, según la disposición transitoria séptima. Desde 2027 pasa a 67 años, o 65 con 38 años y 6 meses cotizados.

Jubilación anticipada voluntaria: el recorte por cada mes

El artículo 208 de la Ley General de la Seguridad Social permite adelantarla hasta dos años si tienes al menos 35 años cotizados. Además, la pensión que te quede tiene que superar la mínima que te correspondería a los 65 años.

Por cada mes de adelanto se aplica un recorte que depende de los años cotizados. Con 24 meses de adelanto va del 21 % si tienes menos de 38 años y 6 meses cotizados al 13 % si pasas de 44 años y 6 meses. Con solo un mes de adelanto, el recorte está entre el 3,26 % y el 2,81 %.

El recorte se aplica sobre la pensión ya calculada con el porcentaje por años cotizados. Con una base reguladora de 2.000 euros y 36 años cotizados (98,86 % en 2026), la pensión sería de 1.977,20 euros. Adelantándola 24 meses, el recorte del 21 % la deja en unos 1.562 euros. Si la pensión supera la máxima, el recorte se calcula sobre la máxima.

La anticipada por despido o cierre de empresa tiene otros requisitos y otros coeficientes. Las tienes todas en las modalidades de jubilación anticipada.

Jubilación demorada: el premio por seguir trabajando

Si sigues trabajando después de la edad ordinaria y al cumplirla ya tenías los 15 años cotizados, el artículo 210 te deja elegir entre tres fórmulas: un 4 % más de pensión por cada año completo de retraso, un pago único que depende de los años cotizados o una combinación de las dos.

La elección se hace una sola vez, al pedir la pensión, y no se puede cambiar después. Si no eliges, se aplica el 4 % por año. Desde el segundo año de retraso cuentan también los periodos de más de 6 meses, que suman un 2 %.

Simulador de la Seguridad Social: cómo calcular tu pensión con tus datos

La forma más fiable de saber tu cifra es el simulador de jubilación de Tu Seguridad Social, porque parte de las bases y los periodos que ya constan a tu nombre. No tienes que meter a mano 25 años de nóminas.

  1. Entra en Tu Seguridad Social e identifícate con Cl@ve, DNI electrónico, certificado digital o un SMS al móvil que tengas registrado en la Seguridad Social.
  2. Elige la opción de simular tu jubilación.
  3. Revisa los datos que carga y añade lo que prevés hasta jubilarte, como los años que te quedan por trabajar y tus bases futuras.
  4. Prueba distintas fechas: el simulador calcula también la jubilación anticipada y la demorada.
  5. Descarga el PDF con el detalle del cálculo.

El resultado es una estimación: la cifra definitiva la fija la Seguridad Social cuando pides la pensión, con las bases reales hasta ese mes y las cuantías del año en que te jubiles.

Preguntas frecuentes

Estas son las dudas que más se repiten junto al cálculo de la pensión.

¿Puedo cobrar la pensión de jubilación con 7 años cotizados?

No. La pensión contributiva exige un mínimo de 15 años cotizados, y al menos 2 de ellos dentro de los 15 años anteriores a la jubilación. Con 7 años solo queda la pensión no contributiva, si cumples sus requisitos de edad, residencia e ingresos.

¿Cuándo pagan la pensión de jubilación cada mes?

La pensión se cobra en 14 pagas: una por cada mes, que se abona a mes vencido, y dos extraordinarias en junio y noviembre. El día en que llega a tu cuenta depende del banco, porque muchas entidades adelantan el ingreso unos días.

¿Se puede embargar la pensión de jubilación?

Sí, pero solo en parte. A efectos de embargo la pensión se trata como un sueldo, así que la cantidad equivalente al salario mínimo interprofesional no se puede embargar y lo que pasa de ahí se embarga por tramos. La excepción son las deudas por pensión de alimentos, en las que el juez puede fijar un embargo mayor.

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