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¿Qué pasa si no pagas a Galería del Coleccionista? Morosos, reclamación y plazos

PorRubén Angulo

Publicado el Actualizado el

Civil, vivienda, familia y herencias

Si compraste algo en Galería del Coleccionista con pago aplazado y ahora no puedes pagarlo, o te están llegando cartas que reclaman un pedido que no reconoces, es normal que te preguntes qué puede pasar. Es una duda frecuente entre quienes compran por teléfono o después de ver un anuncio en la televisión.

Lo que puede hacer la empresa depende de si de verdad hiciste el pedido y de si todavía estás a tiempo de devolverlo. Te explicamos qué dicen sus condiciones, cuándo pueden incluirte en un fichero de morosos, cómo funciona una reclamación en el juzgado y qué hacer si te cobran algo que no pediste.

Quién vende y qué dicen sus condiciones

Galería del Coleccionista es la marca de venta a distancia de Club Internacional del Libro, Marketing Directo, S.L., con sede en Madrid. Vende colchones, relojes, joyas, productos de hogar y salud y artículos de colección, por teléfono, por su web y a través de anuncios en televisión.

Sus términos y condiciones recogen varias cosas que importan si dejas de pagar:

  • Si eliges el pago aplazado, autorizas que consulten tu solvencia en ficheros de información crediticia antes de aceptarlo.
  • Hasta que pagas todo, el producto sigue siendo suyo (se reservan la propiedad), y tienes que avisarles si cambian tus datos.
  • Si no pagas, pueden comunicar la deuda a ficheros de antecedentes crediticios como Asnef-Equifax o Experian.
  • Tienes 15 días naturales desde que recibes el pedido para examinarlo y desistir sin dar explicaciones.
  • Si hay un juicio y eres consumidor, se celebra en los juzgados de tu domicilio.

Lo que puede pasar si no pagas, de menos a más

Una compra que no se paga es una deuda civil, y la empresa tiene varias herramientas para cobrarla. Normalmente se usan en este orden.

Cartas, llamadas y empresas de recobro

Lo primero suelen ser recordatorios de pago y, si no respondes, el encargo a una empresa de recobro. Es legal que te contacten para reclamar una deuda real. Pide siempre que te detallen por escrito qué pedido reclaman, el importe y las fechas, y no reconozcas nada que no te cuadre.

Los intereses de demora

Si te retrasas en pagar una cantidad de dinero, el artículo 1108 del Código Civil permite reclamar como indemnización los intereses pactados y, si no se pactó ninguno, el interés legal del dinero. La deuda, por tanto, puede crecer con el tiempo.

La inclusión en un fichero de morosos

El artículo 20 de la Ley Orgánica de Protección de Datos solo permite incluirte en un fichero de morosos si se cumplen estas condiciones:

  • La deuda es cierta, vencida y exigible, y no la has discutido ante la empresa por una vía administrativa, judicial o de resolución de conflictos vinculante.
  • Te informaron de esa posibilidad en el contrato o al reclamarte el pago.
  • El fichero te notifica la inclusión, y los datos quedan bloqueados durante 30 días para que puedas ejercer tus derechos.
  • Los datos solo se mantienen mientras dura el impago, con un máximo de cinco años desde el vencimiento.

Estar en uno de estos ficheros te puede cerrar la puerta a préstamos, tarjetas o compras a plazos. Cómo comprobarlo y cómo salir lo explicamos en cómo saber si estás en una lista de morosos.

La reclamación en el juzgado: el monitorio

Si la deuda sigue sin pagarse, la empresa puede acudir al proceso monitorio, que sirve para reclamar deudas de cualquier importe acreditadas con facturas o documentos parecidos (artículo 812 de la Ley de Enjuiciamiento Civil). El juzgado te requiere para que, en 20 días, pagues o te opongas explicando por qué no debes esa cantidad (artículo 815).

Si no haces ninguna de las dos cosas, se despacha ejecución contra ti, y eso puede acabar en el embargo de una parte de tu sueldo o de tus cuentas. Si te llega un requerimiento y no puedes pagar, lee qué hacer si no puedes pagar la deuda de un monitorio.

No pagar una compra no es un delito. Es un incumplimiento de contrato que se reclama por la vía civil. Solo sería estafa si se hizo el pedido engañando desde el principio, sin ninguna intención de pagar.

Si aún estás a tiempo: devuelve el pedido

La ley da al consumidor 14 días naturales para desistir de una compra a distancia sin dar explicaciones, contados desde que recibe el producto (artículos 102 y 104 de la Ley General para la Defensa de los Consumidores). Galería del Coleccionista amplía ese plazo a 15 días en sus condiciones.

Para desistir tienes que comunicarlo identificándote con tu nombre y tu número de pedido, por carta, por correo electrónico o con el formulario de su web. Hazlo siempre por una vía que deje constancia. Si la oferta incluía el envío gratis, la recogida corre de su cuenta. Si no, puede tocarte pagar el coste de la devolución. El reembolso tiene que llegar en 14 días.

Un pedido que no hiciste no se paga

Es una de las quejas más repetidas sobre la venta a distancia: un envío que no recuerdas haber pedido, o una entrega más de una colección que creías terminada. El artículo 66 quáter de la Ley General para la Defensa de los Consumidores prohíbe enviar productos no solicitados con pretensión de cobro. Si ocurre, no estás obligado a pagar, ni a devolver el producto, ni a guardarlo, y que no respondas no cuenta como aceptación.

Aun así, conviene dejar constancia. Contesta por escrito, mejor con un burofax o un correo que puedas probar, diciendo que no hiciste ese pedido y que no aceptas el cargo. Si insisten o te incluyen en un fichero, puedes reclamar ante la oficina de consumo de tu comunidad autónoma.

Tu situaciónQué puede pasarQué hacer
Compraste y no pagasRecobro, intereses, fichero de morosos y monitorioProponer por escrito un plan de pagos
Recibiste el pedido hace menos de 15 díasPuedes desistir sin explicacionesComunicar el desistimiento por escrito
No hiciste el pedidoNo te pueden cobrarNegarlo por escrito y guardar las pruebas

La deuda prescribe a los cinco años

Las deudas de este tipo prescriben a los cinco años desde que se pueden exigir (artículo 1964 del Código Civil). Pero ese plazo vuelve a empezar cada vez que la empresa te reclama, aunque sea por carta, o cada vez que tú reconoces la deuda (artículo 1973). En la práctica, una deuda que se reclama con regularidad no prescribe.

Si tienes varias deudas y no sabes por dónde empezar, en cómo se reclama una deuda verás los mismos pasos desde el otro lado.

Preguntas frecuentes

Lo que más se pregunta sobre las deudas con Galería del Coleccionista.

¿Me pueden meter en un fichero de morosos por no pagar a Galería del Coleccionista?

Sí, si la deuda es cierta, vencida y exigible, te informaron de esa posibilidad y no la has discutido ante la empresa. Sus condiciones prevén comunicar los impagos a ficheros como Asnef-Equifax o Experian. Los datos pueden mantenerse hasta cinco años desde el vencimiento.

¿Me pueden denunciar por no pagar?

Pueden reclamarte la deuda por la vía civil, normalmente con un proceso monitorio. No pagar una compra no es delito, salvo que el pedido se hiciera engañando desde el principio, sin intención de pagar.

¿Cuánto tiempo tengo para devolver un pedido?

La ley da 14 días naturales desde que lo recibes, y Galería del Coleccionista lo amplía a 15 en sus condiciones. Comunícalo por una vía que deje constancia.

¿Tengo que pagar algo que no he pedido?

No. La ley prohíbe los envíos no solicitados con pretensión de cobro, y no estás obligado a pagar, devolver ni guardar el producto. Conviene negarlo por escrito para dejar constancia.

¿La deuda prescribe?

A los cinco años desde que se puede exigir. Pero cualquier reclamación de la empresa, incluida una carta, vuelve a poner el plazo a cero.

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