Modelo de declaración jurada de convivencia en Word y PDF
Quien vive en pareja sin casarse, o comparte casa con familiares, acaba teniendo que demostrarlo por escrito tarde o temprano: para inscribir una pareja de hecho, pedir una ayuda que cuenta a todos los de casa o justificar un permiso en el trabajo. Aquí tienes el modelo de declaración jurada de convivencia en Word y PDF en cuatro versiones: en pareja, de la unidad de convivencia para ayudas y becas, de no convivencia y para un permiso laboral.
Para qué sirve una declaración jurada de convivencia
Es un escrito firmado en el que declaras, bajo tu responsabilidad, con quién vives, en qué domicilio y desde cuándo. Sirve como prueba en muchos trámites, pero no sustituye al padrón cuando una ley pide expresamente el certificado de empadronamiento.
Te la suelen pedir en cinco situaciones:
- Inscribir una pareja de hecho en un registro autonómico o municipal que acepta la declaración de los dos, a veces con testigos.
- Demostrar una relación estable ante extranjería, para la tarjeta de familiar de ciudadano de la Unión o la reagrupación de la pareja.
- Pedir una ayuda o una beca que se calcula con todas las personas que viven en la casa.
- Justificar un permiso en el trabajo por una persona que vive contigo y necesita cuidados.
- Dejar claro que ya no vives con alguien, como una expareja que sigue empadronada en tu casa.
Es un tipo concreto de declaración jurada, y muchas veces va acompañada de otra sobre el estado civil de cada uno, porque casi todos estos trámites exigen que ninguno de los dos esté casado con otra persona. Para eso tienes el modelo de declaración jurada de estado civil.
Pareja de hecho: lo que pide cada comunidad
No hay una ley estatal de parejas de hecho, así que cada comunidad decide cuánto tiempo de convivencia exige y cómo se prueba. Antes de rellenar nada conviene mirar qué pide el registro donde vais a inscribiros, porque en unos sitios la declaración vale y en otros no sirve de nada.
- Comunidad de Madrid. La Ley 11/2001 de Uniones de Hecho pide doce meses de convivencia ininterrumpida, y su artículo 3 dice que se acreditan con el certificado de empadronamiento de los dos en el mismo domicilio. Aquí la declaración no sustituye al padrón. Lo tienes explicado en la guía de la pareja de hecho en Madrid.
- Cataluña. El artículo 234-1 del Código civil de Cataluña considera pareja estable a quienes conviven más de dos años seguidos, a quienes tienen un hijo en común durante la convivencia y a quienes lo formalizan en escritura pública. La ley no fija un único medio de prueba, así que el padrón, el contrato de alquiler a nombre de los dos o una declaración firmada por ambos suelen presentarse juntos. El detalle está en el artículo sobre la pareja estable en Cataluña.
- Registros municipales. Muchos ayuntamientos tienen su propio registro de uniones de hecho, con un impreso en el que los dos declaran desde cuándo conviven. Algunos piden además a dos testigos que confirmen la convivencia, y por eso la versión de pareja trae ese apartado al final.
Los requisitos comunes a todas las comunidades, la documentación y lo que cambia después de inscribiros están en el artículo sobre la pareja de hecho.
Pensión de viudedad: la convivencia se prueba con el padrón
Este es el caso en el que más gente confía en una declaración y en el que menos sirve. El artículo 221 de la Ley General de la Seguridad Social exige a la pareja de hecho una convivencia estable de al menos cinco años, sin interrupciones e inmediatamente anterior al fallecimiento, y dice cómo se acredita: mediante el certificado de empadronamiento.
Ese mismo artículo pide algo más: que la pareja esté inscrita en un registro o constituida en documento público al menos dos años antes del fallecimiento. Si tenéis hijos en común no se exigen los cinco años de convivencia, pero sí la inscripción o el documento público con esa antelación.
Una declaración no basta para la viudedad. El INSS se guía por el padrón, y una declaración firmada solo por quien sobrevive no la acepta como prueba. El Tribunal Supremo admite que los cinco años de convivencia se prueben también con otros documentos, como un contrato de alquiler o recibos a nombre de los dos, pero normalmente hay que reclamarlo en los tribunales. Lo que no se puede sustituir por nada es la inscripción o el documento público con dos años de antelación. Si vivís juntos sin estar empadronados en la misma casa, lo que de verdad protege es empadronaros cuanto antes e inscribir la pareja.
Cuánto se cobra y cómo se pide lo cuenta el artículo sobre la pensión de viudedad.
Tarjeta de familiar comunitario y reagrupación de la pareja
Extranjería no exige que la pareja esté inscrita, pero sí que la relación sea estable y se pueda probar. Aquí la declaración de convivencia es una pieza más del expediente, nunca la única.
- Pareja de un ciudadano de la Unión. El artículo 2 bis del Real Decreto 240/2007 da por probada la relación si se acredita una convivencia marital de al menos un año continuado, o una convivencia estable sin plazo si tenéis hijos en común.
- Pareja de un español. El artículo 94 del Reglamento de Extranjería habla de doce meses continuados de convivencia, dentro o fuera de España, salvo que haya hijos en común.
- Reagrupación por un extranjero residente. El artículo 66 del mismo reglamento pide también doce meses y admite cualquier medio de prueba.
En la práctica, la oficina de extranjería valora el conjunto: certificado de empadronamiento histórico de los dos, contrato de alquiler o escritura, cuentas y recibos compartidos, fotos y viajes juntos. La declaración firmada por ambos ayuda a ordenar todo eso, con las fechas y los domicilios, pero sola no convence a nadie. Los papeles de cada caso los tienes en los artículos sobre la reagrupación familiar y sobre la tarjeta comunitaria.
Ayudas y becas que cuentan a todos los que viven en casa
Muchas ayudas no se calculan por persona sino por hogar, y ahí la composición de la casa decide si cobras o no. Lo que cuenta es la unidad de convivencia, que no es lo mismo que la unidad familiar de la renta.
El ingreso mínimo vital es el ejemplo más claro. El artículo 21 de la Ley 19/2021 dice que la unidad de convivencia se acredita con el libro de familia, el Registro Civil y los datos del padrón, que el INSS consulta por su cuenta. Si no cuadran con lo que pusiste en la solicitud, te pedirá el certificado de empadronamiento histórico y colectivo. Lo que sí se acredita con una declaración jurada, dentro de la propia solicitud, es no estar casado ni tener pareja de hecho.
Las rentas autonómicas siguen el mismo camino. La documentación de la renta social garantizada de Baleares pide el certificado de convivencia e histórico de los últimos doce meses y, si en el padrón aparecen personas que no forman parte de la unidad de convivencia, una declaración que lo explique. Para eso sirve la versión de unidad de convivencia, que deja apuntado quién vive contigo y quién solo figura empadronado.
Becas, comedores escolares y ayudas municipales suelen pedir algo parecido: un impreso propio con los miembros de la casa o una declaración firmada. Si el organismo tiene su modelo, se usa el suyo. Si no lo tiene, la versión de unidad de convivencia recoge lo que suelen pedir.
Permisos en el trabajo por una persona que vive contigo
El artículo 37.3 del Estatuto de los Trabajadores da cinco días de permiso retribuido por accidente o enfermedad graves, hospitalización o intervención con reposo en casa del cónyuge, la pareja de hecho o un pariente hasta el segundo grado, y también de cualquier otra persona que conviva contigo en el mismo domicilio y necesite tu cuidado efectivo.
El permiso se pide con aviso y justificación, y la ley no dice qué papel prueba la convivencia. Lo habitual es entregar el justificante médico y una declaración de que esa persona vive contigo. Algunas empresas piden además el certificado de empadronamiento colectivo. La versión para un permiso laboral lleva un apartado para que la empresa firme que la ha recibido. Cómo se cuentan esos días lo explica el artículo sobre el permiso por familiar hospitalizado.
El permiso de quince días por registro de pareja de hecho del mismo artículo es otra cosa: ese se justifica con el certificado del registro, no con una declaración.
Cuándo no basta y te piden el certificado de empadronamiento
El padrón es la prueba oficial de dónde vive cada uno. El artículo 16 de la Ley de Bases del Régimen Local dice que sus datos prueban la residencia y el domicilio habitual, y que sus certificaciones son documento público y fehaciente a todos los efectos administrativos. Una declaración tuya, en cambio, es un documento privado.
Por eso, cuando una norma exige el padrón, la declaración no lo sustituye. Pasa en la pensión de viudedad, en el registro de uniones de hecho de Madrid y en el ingreso mínimo vital cuando los datos no cuadran. Estos son los documentos que se suelen confundir:
| Documento | Quién lo da | Qué prueba |
|---|---|---|
| Declaración jurada | Tú, con tu firma | Lo que declaras, bajo tu responsabilidad |
| Certificado colectivo | El ayuntamiento | Quién está empadronado hoy en la vivienda |
| Certificado histórico | El ayuntamiento | Los domicilios y fechas anteriores |
El certificado colectivo, que muchos ayuntamientos llaman certificado de convivencia, recoge a todas las personas inscritas en la misma vivienda. El histórico enseña desde cuándo y en qué domicilios ha estado empadronado cada uno, que es lo que hace falta para probar cinco años o doce meses de convivencia. Los dos los expide la secretaría del ayuntamiento, como dice el artículo 61 del Reglamento de Población, y casi todos se piden en la sede electrónica municipal. El volante de empadronamiento es informativo y no siempre lo aceptan cuando piden un certificado. Cómo darte de alta lo cuenta el artículo sobre el empadronamiento.
No siempre tienes que llevarlo tú: el artículo 28.2 de la Ley 39/2015 te permite no aportar documentos que ya tiene otra Administración, y muchas consultan el padrón por su cuenta si no te opones. Si el impreso trae una casilla de autorización para consultar tus datos, marcarla te ahorra el certificado.
Qué tiene que llevar y cómo se firma
No hay un formato oficial, pero los organismos esperan encontrar siempre los mismos datos. Si falta alguno, lo normal es que te pidan subsanarlo.
- Los datos de quienes firman: nombre, DNI, NIE o pasaporte y domicilio.
- Con quién convives, identificando a cada persona, y la relación que os une.
- Desde qué fecha vivís juntos, y los domicilios anteriores si el trámite pide un tiempo mínimo.
- Para qué trámite y ante qué organismo la presentas.
- Que conoces las consecuencias de declarar algo falso y que comunicarás los cambios.
- Lugar, fecha y firma de cada declarante.
En la de pareja firman los dos, porque es una declaración conjunta. La fecha de inicio debería coincidir con la del padrón: si no coincide, conviene explicarlo, porque el organismo va a comparar las dos. El notario solo hace falta si te lo piden expresamente, y entonces lo que se firma es un acta de manifestaciones, que cuesta lo que marque el arancel notarial.
Ejemplo
Lucía, colombiana, y Andrés, italiano, viven juntos en Zaragoza desde marzo de 2023, pero él no se empadronó en el piso hasta enero de 2024. Para la tarjeta de familiar de ciudadano de la Unión de Lucía rellenan la versión de pareja con la fecha real de marzo, explican en el apartado de domicilios que hasta enero él seguía empadronado en casa de sus padres y adjuntan el contrato de alquiler firmado por los dos en 2023.
Si declaras una convivencia que no existe
Inventarse una convivencia, o callar que alguien se ha ido de casa, se paga según lo que hayas conseguido con ello. Los organismos cruzan la declaración con el padrón, y las ayudas por hogar son de las que más se revisan.
- Una ayuda o subvención. Si la obtuviste falseando las condiciones, toca devolverla con intereses de demora, según el artículo 37 de la Ley General de Subvenciones.
- Un trámite con declaración responsable. Un dato falso esencial impide seguir ejerciendo el derecho desde que se descubre (artículo 69.4 de la Ley 39/2015).
- Una prestación de la Seguridad Social. Cobrarla simulando hechos u ocultando los que había que comunicar se castiga con prisión de seis meses a tres años en el artículo 307 ter del Código Penal, o con multa si no es grave.
Lo mismo vale para el padrón: empadronar a alguien que no vive en la casa tiene sus propias consecuencias, que repasa el artículo sobre el empadronamiento falso.
Cuatro versiones propias y otros modelos que puedes consultar
Cada versión propia está pensada para un caso distinto:
- Convivencia en pareja: la firman los dos, con fecha de inicio, domicilios anteriores, hijos en común y un apartado opcional para testigos. Para registros de parejas de hecho, extranjería, seguros o la empresa.
- Unidad de convivencia: una tabla con todas las personas de la casa y su parentesco, y un apartado para quien figura en el padrón sin formar parte del hogar. Para ayudas, becas y rentas autonómicas.
- No convivencia: para declarar que no vives con alguien, desde cuándo y, si sigue empadronado en tu casa, que vas a pedir su baja.
- Permiso laboral: para el permiso de cinco días por una persona que vive contigo, con la firma de recibido de la empresa.
Los dos modelos externos son de otras webs, así que conviene leerlos antes de usarlos. El de Wondershare es una declaración de convivencia genérica en PDF, con una lista de convivientes. El del Ayuntamiento de Arcos de la Frontera es su impreso de declaración del tiempo de convivencia para inscribirse en su registro de parejas de hecho, y sirve de referencia de lo que pide un registro municipal.
Preguntas frecuentes
Las dudas que más se repiten al preparar una declaración de convivencia.
¿La declaración jurada de convivencia sustituye al certificado de empadronamiento?
No cuando una norma pide expresamente el padrón, como la pensión de viudedad, el registro de uniones de hecho de Madrid o el ingreso mínimo vital si los datos no cuadran. En el resto de trámites puede bastar o servir de apoyo, según lo que diga el organismo.
¿Tienen que firmarla los dos miembros de la pareja?
Sí. Es una declaración conjunta, así que la firman los dos, cada uno con sus datos. Si el registro pide testigos, firman también en el apartado del final.
¿Hace falta notario para una declaración de convivencia?
Normalmente no. Solo si el organismo lo exige, y entonces lo que se firma ante notario es un acta de manifestaciones, con el coste que marque el arancel notarial.
¿Qué fecha de inicio de la convivencia pongo?
La fecha real en que empezasteis a vivir juntos. Si no coincide con la del padrón, explícalo en la propia declaración y adjunta lo que lo pruebe, como un contrato de alquiler a nombre de los dos.
¿Para qué sirve una declaración jurada de no convivencia?
Para dejar constancia de que no vives con alguien, por ejemplo una expareja que sigue empadronada en tu casa, y que no se cuenten sus ingresos en una ayuda. Conviene pedir también su baja en el padrón.
