Modelo de carta a la empresa por mesa electoral en Word y PDF
Quien sale presidente o vocal en el sorteo de la mesa electoral del domingo 29 de noviembre tiene que contárselo a su empresa, también si ese día no trabaja, porque el lunes le corresponden cinco horas menos de jornada. Aquí tienes el modelo de carta a la empresa por mesa electoral en Word y PDF en tres versiones: el aviso del permiso, la petición del lunes o de cambio de turno y el escrito para pedir y entregar el justificante.
Lo que puedes pedir depende de tu cargo, de si trabajas el domingo y de tu turno del lunes. Un suplente que no llega a sentarse en la mesa, por ejemplo, no tiene las cinco horas del lunes.
Permiso de trabajo por mesa electoral: domingo pagado y cinco horas menos el lunes
Los presidentes y vocales que trabajan por cuenta ajena y los funcionarios tienen un permiso retribuido de jornada completa el día de la votación, si es laboral. Además, "en todo caso", tienen una reducción de cinco horas de su jornada el día inmediatamente posterior. Lo fija el artículo 28.1 de la LOREG, y el artículo 13.3 del Real Decreto 605/1999 aclara que el permiso de ese día es para quien no tenga entonces su descanso semanal.
El Real Decreto 806/2026 convocó las elecciones para el domingo 29 de noviembre, así que las cinco horas se aplican al lunes 30 de noviembre.
| Tu situación | Domingo 29 | Lunes 30 |
|---|---|---|
| Trabajas domingo y lunes | Permiso de jornada completa | Cinco horas menos |
| Descansas el domingo | No necesitas permiso | Cinco horas menos |
| Libras el lunes | Según tu domingo | Sin jornada que reducir |
| Suplente que no actúa | Acudes a las 8:00 | Sin reducción en la ley |
| Autónomo | Fuera del artículo 28 | Fuera del artículo 28 |
Si libras el lunes, la ley habla del día inmediatamente posterior y no prevé pasar las horas a otra fecha.
El Estatuto de los Trabajadores no nombra la mesa electoral. Su artículo 37.3.d permite ausentarse con sueldo para cumplir un deber inexcusable de carácter público y personal, con aviso previo y justificación. El mismo artículo remite a la norma que fije un periodo concreto, y aquí esa norma es la LOREG. Por eso las cartas citan las dos. Quien además tenga que votar o sea interventor o apoderado encontrará sus horas en el permiso para votar si trabajas.
Suplente de mesa: el permiso depende de que pases a titular
Los suplentes se presentan a las 8:00 junto con el presidente y los vocales (artículo 80.1 de la LOREG) y ocupan el puesto de quien no acude (artículo 80.2). La Junta de Zona también puede comunicarte antes la sustitución de un titular (artículo 27.3). El artículo 28, en cambio, solo nombra a presidentes y vocales.
El Acuerdo 492/2004 de la Junta Electoral Central lo resolvió así: solo tienen el permiso y las cinco horas los suplentes que llegan a ocupar un puesto en la mesa por la ausencia de un titular. Si la mesa se completa sin ti, la guía de Legálitas para el 29N indica que quedas libre y vuelves al trabajo si tu jornada continúa.
La LOREG no aclara si se paga el tiempo que pasas en el colegio hasta que te dejan marchar. Puede encajar en el "tiempo indispensable" del artículo 37.3.d del Estatuto, y por eso la carta lo avisa y deja anotada la hora en el justificante. Si finalmente no actúas, tampoco cobras los 75 euros de la dieta de la mesa electoral.
Tres cartas según lo que tengas que decir a tu empresa
Las tres están preparadas para estas elecciones, con la fecha ya escrita, y sirven para presidente, vocal o suplente salvo donde se indica.
- Aviso a la empresa: la carta que necesita casi todo el mundo. Indica tu cargo, tu horario del domingo y del lunes, lo que pasa si eres suplente y un recibí para la empresa.
- Petición del lunes o de cambio de turno: para presidentes y vocales con turnos. Pide el cambio de la noche del sábado, fija las cinco horas del lunes o propone otro acuerdo, y deja un espacio para la respuesta de la empresa.
- Solicitud y entrega del justificante: dos hojas. La primera va a la Junta Electoral de Zona para pedir el documento, y la segunda lo entrega a la empresa después de la votación.
Aviso a la empresa: cuándo darlo y cómo dejar constancia
El Estatuto exige avisar antes, pero no fija un plazo. Lo más seguro es hacerlo en cuanto tengas la notificación, sobre todo si tu empresa organiza turnos para el fin de semana o el lunes. Tu convenio puede fijar un preaviso, así que conviene mirarlo antes de esperar. Si tienes dudas sobre el aviso que te ha llegado, repasa cómo funciona la notificación de la mesa electoral.
Entrega dos copias y pide que te firmen el recibí de una. Si nadie firma, envíala por correo electrónico y conserva la respuesta o, si se complica, manda un burofax. Adjunta una copia de la notificación, que es lo que acredita tu designación.
Si piensas pedir que te sustituyan, hazlo aparte y a tiempo. Para eso está el modelo de renuncia a la mesa electoral, con siete días desde la notificación para presentarlo ante la Junta. La carta prevé ese caso: si te sustituyen, el aviso a la empresa queda sin efecto.
Lunes 30 de noviembre: cuáles son las cinco horas
La LOREG dice "cinco horas" y no aclara cuáles. La Orden vasca de 19 de octubre de 2026 sí lo concreta en su artículo 4: son las cinco primeras horas de la jornada, también para quien descansó el domingo. La Orden ESS/1169/2017, dictada para las elecciones catalanas de 2017, usó la misma fórmula.
Fuera de esos casos, la carta pide las primeras horas y deja abierto acordar otra cosa por escrito. La mesa no termina al cerrar los colegios a las 20:00, porque luego llegan el escrutinio y las actas, así que entrar más tarde el lunes es lo que más ayuda.
Ejemplo
Si el lunes trabajas de 8:00 a 16:00, entras a las 13:00 y cobras el día completo. Si ese día tu jornada es de cinco horas o menos, la reducción la cubre entera.
Turno de noche: el cambio hay que pedirlo
Trabajar la noche del sábado 28 te dejaría sin descanso antes de constituir la mesa a las 8:00. El artículo 6 de la orden vasca obliga a la empresa a cambiar ese turno si se lo pides, y el artículo 7 de la orden de 2017 decía lo mismo para Cataluña.
En otras comunidades, busca la orden de estas elecciones en su diario oficial o pregunta a tu sindicato. Sin una obligación escrita, tu carta es una petición que la empresa puede aceptar o discutir, y por eso el modelo propone un turno a cambio y pide respuesta con fecha.
La noche del domingo al lunes no aparece en ninguna de las dos órdenes, pero sí en la web de la Junta Electoral Central: ese turno cuenta como jornada del día de la votación, y las cinco horas pueden aplicarse a tu turno de noche siguiente si empieza el lunes. Si es tu caso, indícalo en la carta.
Justificante de mesa electoral para el trabajo: a quién pedirlo
La empresa paga estos permisos una vez justificada tu actuación en la mesa, según el artículo 4.3 de la orden vasca. La guía de la Generalitat para las elecciones al Parlament de 2024 indica que el justificante se pide a la Junta Electoral de Zona que te corresponda, y que también puede conseguirse a través del Ayuntamiento. Ni la LOREG ni la orden vasca fijan un impreso o un plazo para expedirlo.
Es otro papel distinto del justificante de haber votado, el que expide la mesa a los electores. Tampoco lo sustituye la notificación del nombramiento, que prueba que te designaron pero no que acudieras. Pídelo con el modelo de la primera hoja, sin esperar a la nómina, y si eres suplente pide que conste la hora a la que quedaste libre.
Nómina del mes: sin descuento y sin horas que recuperar
El permiso es retribuido por ley. La orden vasca añade que se paga el salario que te correspondería si hubieras trabajado, que es no recuperable y que, si cobras primas o incentivos, se calculan con la media de los seis meses anteriores (artículos 1 y 4). Si tu comunidad tiene su propia orden, mira si dice lo mismo.
Los 75 euros de la Orden INT/650/2026 son una dieta aparte. Aquí queda una duda sin una respuesta clara en la norma: el artículo 37.3.d del Estatuto permite descontar del salario la indemnización que cobres por cumplir un deber público, pero también remite a la norma específica en cuanto a la compensación económica. Ni el artículo 28 de la LOREG ni la orden vasca prevén restar esa dieta. Si te la restan en la nómina, pide el motivo por escrito y consúltalo con tu sindicato o un abogado laboralista.
Si la empresa te niega el permiso, la mesa sigue siendo obligatoria
El cargo de presidente y vocal es obligatorio (artículo 27.1 de la LOREG) y tener turno ese día no figura por sí solo entre las causas de la Instrucción 6/2011 de la Junta Electoral Central. Faltar sin causa puede acarrear prisión de tres meses a un año o multa de seis a veinticuatro meses (artículo 143). Una negativa de tu empresa no cambia esa obligación. Si no vas, mira qué pasa si no vas a la mesa electoral. Las causas que sí valen están en las excusas para no ir a la mesa electoral.
Con el lunes, la situación es otra porque no hay una obligación electoral que cumplir a esa hora. Pide la negativa por escrito y reclama a la empresa. No respetar un permiso es una infracción grave (artículo 7.5 de la LISOS), así que puedes acudir a la Inspección de Trabajo o al juzgado de lo social. Cuestiones Laborales advierte de que ausentarte tras una negativa expresa puede acabar en un despido disciplinario, así que consulta con tu sindicato o un abogado antes de no ir.
Otros modelos que puedes consultar
Además de las tres cartas propias, en la caja de descarga tienes la solicitud de permiso retribuido y la reclamación por permiso denegado de Cuestiones Laborales, dos modelos generales con el texto a la vista que hay que adaptar a la mesa electoral. El impreso de la Comunidad de Madrid solo sirve a su propio personal. Los dos primeros son de otra web y aconsejan no faltar si te niegan el permiso, algo que no vale para el domingo de la mesa.
Preguntas frecuentes
Lo que suele quedar pendiente después de entregar la carta.
¿Tengo que avisar a la empresa si el domingo no trabajo?
Sí, si el lunes trabajas. La reducción de cinco horas se aplica aunque hayas descansado el domingo, y el Estatuto de los Trabajadores exige aviso previo y justificación. Si tampoco trabajas el lunes, no hay jornada que reducir.
¿Puede la empresa elegir qué cinco horas me reduce el lunes?
La ley no dice cuáles son. La orden vasca para estas elecciones fija las cinco primeras horas de la jornada. En otras comunidades, mira su orden y, si no aclara nada, pídelas por escrito y deja constancia de lo que acordéis.
¿Me pueden obligar a recuperar el permiso de la mesa electoral?
La orden vasca lo define como no recuperable y el artículo 28 de la LOREG habla de permiso retribuido, sin prever que se devuelvan las horas. Si te lo piden, solicita que lo hagan por escrito y consúltalo con tu sindicato o un abogado laboralista.
¿Un autónomo tiene permiso por estar en una mesa electoral?
No. El artículo 28 de la LOREG solo se refiere a los trabajadores por cuenta ajena y a los funcionarios. Un autónomo sigue obligado a acudir si le toca, y cobra la dieta de 75 euros si actúa como titular.
¿La carta vale si soy funcionario?
El derecho es el mismo, porque el artículo 28 incluye a los funcionarios y el Real Decreto 605/1999 al personal de las Administraciones públicas. El cauce puede cambiar: muchas administraciones tienen su propio impreso de permisos, así que pregunta en tu unidad de personal y usa la carta solo si no lo hay.
¿Qué hago si avisé a la empresa y luego la Junta me acepta la excusa?
Comunícaselo cuanto antes y entrega una copia de la resolución. El modelo ya prevé que el aviso quede sin efecto si te sustituyen. Sin mesa no hay permiso, así que el domingo y el lunes trabajas con tu horario normal.
